Samuel Tapia /acento.com.do. 
Requirieron la modificación del artículo 100 del Código Procesal Penal, sobre rebeldía.
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SANTO DOMINGO, República Dominicana.-  El 03 de febrero del 2013, Osvaldo Nadal y Manuel Said Lama, se vieron involucrados en un accidente de tránsito en las proximidades de Villa Altagracia, según narran, debido a la imprudencia del conductor de un camión.
El incidente no solo afectó la salud de ambos jóvenes, sino que se ha vuelto un calvario que parece no tener fin.
En octubre del 2013, Ynginio Antonio Valdez, conductor del camión, fue condenado por el Juzgado de la Paz Especial de Transito Distrito Judicial de Villa Altagracia al pago de un millón de pesos, con oponibilidad a la compañía aseguradora seguros MAPFRE BHD, por los daños ocasionados.
Sin embargo, el fallo fue apelado, anulando el juicio bajo el alegato de que la jueza no motivó bien la sentencia, por lo que requirió un nuevo juicio. A partir de ese otro juicio, aseguran, el imputado no aparece, pese a que ha sido declarado en rebeldía.
El abogado de Nadal y Lama, José Sosa, explicó que la declaración en rebeldía para la ley 241, sobre tránsito de vehículo, no aplica. Criticó la actuación del Ministerio Público, la cual es la responsable de localizar al imputado, por lo que requirió la modificación del artículo 100 del Código Procesal Penal.

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