El abogado Namphi Rodríguez advirtió al Senado que de ser aprobado como lo ha recibido un proyecto de ley sobre libertad de expresión, se incurriría en inconstitucionalidad porque se desconocería el secreto profesional de los periodistas y se convertiría a los directores de medios de comunicación en “colaboradores” de los órganos represivos del Estado.

Al emitir una opinión consultiva del proyecto de ley sometido por los senadores José Rafael Vargas, Luis René Canaán y Manuel Guichardo, Rodríguez dijo que el mismo dispone en su artículo 18 que los directores de medios de comunicación tienen un “deber de colaboración” con el Ministerio Público, que “podrá solicitarle los datos que permitan identificar a los autores de las publicaciones bajo su control”. 

El jurista alertó que esa disposición contravendría el artículo 49 de la Constitución que consagra el secreto profesional de los periodistas como una garantía para proteger las fuentes de los informadores públicos. 

Informó que entregó personalmente el documento analítico de los proyectos de leyes al senador Charlie Mariotti, presidente de la Comisión de Medios del Senado, a fin de que se entienda que el secreto profesional busca garantizar a los periodistas el derecho de reservar sus fuentes de información, aún en los casos en que sean llamaos a declarar como testigos ante los tribunales o ante cualquier autoridad judicial o extrajudicial. 

“El secreto profesional consiste en el derecho de los periodistas a negarse a revelar públicamente las fuentes de las informaciones recibidas en forma confidencial; hay que entender que este secreto coadyuva a obtener y difundir informaciones en los ámbitos público y privado que interesan a la sociedad, por eso hay que protegerlo”, dijo. 

Rodríguez señaló que una disposición como esa sería declarada inconstitucional porque en la doctrina internacional se advierte que el imponer a un periodista la revelación obligatoria de su fuente de información equivale a  censura, lo cual sanciona el propio artículo 49 de la Carta Magna. 


Falta de Sanciones 

El catedrático de Derecho Constitucional y presidente de la Fundación Prensa y Derecho indicó que otra de las falencias del referido proyecto consiste en que carece de régimen sancionatorio, porque los redactores lo difirieron al Código Penal, lo cual es incorrecto ya que los delitos de difamación e injuria se rigen por la ley de prensa. 

“Los redactores omitieron que la jurisprudencia constante de la Suprema Corte de Justicia y el precedente del Tribunal Constitucional (sentencia TC-0075) han establecido el criterio de que la represión de los delitos de difamación e injuria que se cometan a través de los medios de comunicación no son objeto de las sanciones del Código Penal, sino de la propia Ley de Prensa; mientras que la difamación e injuria que se realiza fuera del ámbito de esta ley se sanciona con las disposiciones de los artículos 387 al 378 del Código Penal”, subrayó. 

Explicó que la forma en que se pretende remitir el régimen de penas al derecho común dejaría estos delitos en un “limbo penal”, lo cual equivaldría a su inexistencia frente al honor, la intimidad y la propia imagen de las personas. 

“Si se aprobara ese proyecto así se podría caer en un limbo penal, debido a que esos delitos ni lo sancionaría la nueva ley, ni tampoco el Código Penal”, agregó. 

Responsabilidad de Periodistas 

Para Namphi Rodríguez la pretensión del proyecto de ley de prensa de imponer la responsabilidad de los delitos de difamación e injuria  a los periodistas que firmen las informaciones choca con el principio de la personalidad de la pena y con el precedente del Tribunal Constitucional. 

Rechazó que se busque establecer un régimen que “sobrecargue” a los periodistas o redactores por el simple hecho de transcribir fielmente lo que expresan los actores de la opinión pública. 

En ese sentido, dijo que, lo mismo que la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP), le resulta inquietante la terminología que usa el proyecto de ley para exigir a los periodistas citas textuales en las informaciones. 

“El proyecto de ley debe reorientarse para reconsiderar el régimen de responsabilidad jurídica y establecer cuál es el compromiso de los informadores públicos, pero no se puede pretender hacerlos responsables exclusivos de los delitos de prensa”, concluyó. 

DIARIOMETROPOLITANO.NET
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